REQUISITOS ACADÉMICOS
Ciclo formativo de grado medio (de F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes plásticas y diseño) | • Quedar matriculado de curso completo o de la mitad de los módulos que componen el ciclo formativo• No repetir en el curso actual |
Ciclo formativo de grado superior (de F.P. o de enseñanzas deportivas o de artes plásticas y diseño) | • Haber obtenido al menos 5,50 puntos de nota media en 2º de Bachillerato, prueba de acceso o curso de acceso. En el caso de los alumnos que accedan desde F.P. ciclo formativo de Grado Medio se tendrá en cuenta la calificación final del ciclo• Quedar matriculado de curso completo o de la mitad de los módulos que componen el ciclo formativo• No repetir en el curso actual |
REQUISITOS ECONÓMICOS
Límites que no pueden superarse para ser beneficiario de una beca, entre los que destacan:
- Los rendimientos netos del capital mobiliario más las ganancias patrimoniales de la unidad familiar, que no pueden superar los 1.700 euros durante el año 2017.
- Los valores catastrales de las propiedades inmobiliarias de la unidad familiar distintos de la vivienda habitual no podrán superar los límites establecidos en la convocatoria.
- Los ingresos procedentes de actividades económicas o participación en entidades, que no pueden superar los 155.500 euros durante 2017.
De esta forma, los componentes de beca que pueden corresponder al solicitante quedarán determinados por el umbral bajo el cual quede la renta de la unidad familiar durante 2017:
- Por debajo del umbral 3: Beca básica y cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico.
- Por debajo del umbral 2: Beca básica, cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico, cuantía fija ligada a la residencia y cuantía variable.
- Por debajo del umbral 1: Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico, cuantía fija ligada a la residencia, cuantía fija ligada a la renta y cuantía variable.
No se reúnen los requisitos económicos si los ingresos familiares superan las cantidades establecidas en el umbral 3.
Hay que tener en cuenta que pueden existir otras limitaciones derivadas del tipo de estudios que curse el alumno (por ejemplo, en caso de estudios completamente no presenciales), del número de asignaturas o módulos en que se haya matriculado, etc., que impidan percibir determinados componentes.
También conviene saber que ciertas circunstancias académicas, como la nota media, afectan al importe de algún componente, como la cuantía variable o la cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico. Igualmente, otras situaciones, como la residencia en islas o la discapacidad del alumno, pueden dar lugar a la percepción de cantidades adicionales.
Umbrales de renta en función del número de miembros de la unidad familiar | |||
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Nº de miembros de la unidad familiar | Umbral 1 | Umbral 2 | Umbral 3 |
Familias de 1 miembro | 3.771,00 € | 13.236,00 € | 14.112,00 € |
Familias de 2 miembros | 7.278,00 € | 22.594,00 € | 24.089,00 € |
Familias de 3 miembros | 10.606,00 € | 30.668,00 € | 32.697,00 € |
Familias de 4 miembros | 13.909,00 € | 36.421,00 € | 38.831,00 € |
Familias de 5 miembros | 17.206,00 € | 40.708,00 € | 43.402,00 € |
Familias de 6 miembros | 20.430,00 € | 43.945,00 € | 46.853,00 € |
Familias de 7 miembros | 23.580,00 € | 47.146,00 € | 50.267,00 € |
Familias de 8 miembros | 26.660,00 € | 50.333,00 € | 53.665,00 € |
Obligación de dedicar la beca a la finalidad establecida
Los alumnos que resulten beneficiarios de beca, como perceptores de una subvención estatal, están obligados a destinar dicha beca a la finalidad para la que se concede. Se entenderá que no se cumple este requisito cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
- Haber causado baja de hecho en el centro durante el curso.
- No haber asistido al 80 % o más de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización.
- No haber superado el 50 por ciento de las asignaturas o créditos matriculados, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria.
En estos supuestos, el alumno deberá reintegrar el importe de la beca percibida.
Estimación de la cuantía variable para el curso 2018-2019
Advertencias acerca del uso del simulador:
Los datos suministrados por esta aplicación son solo una orientación del importe de la cuantía variable que le podría corresponder a un solicitante que tuviera derecho a dicha cuantía, según la convocatoria. Por tanto, solo tienen efectos informativos, y en ningún caso vinculan a este Ministerio, ni tampoco suponen una obligación de pago de cantidades económicas para la Administración, ni una expectativa de derecho o interés legítimo para el ciudadano.